Revista Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
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Revista Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, es una revista jurídica especialziada en derecho del trabajo y de la seguridad social y si difusión en a región de América, el Caribe, España Portugal.Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social "Guillermo Cabanellas"es-ESRevista Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social2789-0368<p><strong>Revista Iberoamericana de Trabajo y de la Seguridad Social</strong> es de acceso abierto y permite la reproducción, la distribución y la comunicación pública solo para fines no comerciales bajo la licencia arriba señalada. Cualquier autorización más allá de los términos de esta licencia se pueden obtener en <a title="contact" href="mailto:ridtss@gmail.com" target="_blank" rel="noopener">revistaidtss@gmial.com</a></p>Huelga en tiempos digitales. Especial consideración del esquirolaje tecnológico
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<p>El derecho de huelga es un derecho laboral constitucional fundamental que ocupa un lugar de privilegio en el ordenamiento laboral. El derecho de huelga ha sufrido muchos intentos de <em>boicot</em> por ser uno de los derechos laborales más tuitivos. Actualmente, se pretende desvirtuar el derecho de huelga, aduciendo que las nuevas tecnologías incorporadas trabajo lo han convertido en obsoleto e ineficaz.</p>Francisco Pérez Amorós
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2024-02-172024-02-1758121Ley sindical argentina e inmigración. Reflexiones en torno a la libertad y a la democracia sindical de los trabajadores migrantes
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<p>Este trabajo tiene por objeto analizar la norma sindical argentina que establece que el 75% de los cargos directivos y representativos de las asociaciones sindicales deben ser ejercidos por ciudadanos argentinos, y que el titular del cargo de mayor jerarquía de la organización sindical –así como su reemplazante estatutario- debe contar también con la nacionalidad argentina (art. 18, Ley de Asociaciones Sindicales). La propuesta es someter esta prescripción legal a análisis crítico, mediante un enfoque de actualidad y pasando revista a ciertas transformaciones políticas, sociales y legales que ponen en entredicho esta norma y que dan cuenta de su carácter deficitario, tanto en términos de libertad como de democracia sindical.</p>Ana Clara Alfie
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2024-02-172024-02-17582236Retos de la Seguridad Social cubana ante la enfermedad del COVID – 19
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<p>El Estado cubano fundado en el trabajo, con propiedad privada y derecho al que trabaja a la seguridad social considera la COVID-19 una enfermedad común. El sector público (estatal) mayoritario para la gran mayoría de los trabajadores enfermos se benefician con los subsidios de la Seguridad Social; sin embargo, no todos están protegidos, incluyendo trabajadores del sector privado. Urge regular un seguro de desempleo y enfermedad para trabajadores afectados por contingencias sociales de índole patológico afectados con el “<em>factum principi</em>”, sin subsidios y desempleados.</p>Roberto Jesús Rodríguez Coquet
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2024-02-172024-02-17583755El nuevo procedimiento de conciliación prejudicial obligatorio en México
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<p>En el nuevo procedimiento de administración de justicia laboral, el Estado mexicano está apostando a la conciliación. Se considera que más del 70% de los casos que llegan a la instancia conciliatoria obligatoria, deberían ser terminados de común acuerdo. Para darnos cuenta de la importancia de las autoridades conciliatorias en nuestro país, después de la Reforma Laboral en la Ley Federal del Trabajo del 2019, 82 artículos se refieren en una u otra manera a las autoridades registrales, a los Centros de Conciliación y al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y de los 28 artículos transitorios, la mitad se refieren a dichas autoridades. Para que se alcance esa meta, es indispensable que todos los actores de las relaciones individuales y colectivas de trabajo (trabajadores, sindicatos, patrones, funcionarios y abogados de las partes) cambien de actitud y obren de buena fe.</p>Arturo Martínez y González
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2024-02-172024-02-17585671El replanteamiento del permiso por lactancia materna: una medida para promover la igualdad y la conciliación de la vida laboral con las responsabilidades familiares
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<p>El artículo reflexiona sobre la posibilidad de replantear el permiso de lactancia materna en Perú con miras a promover una mayor corresponsabilidad en las labores parentales y una mayor inclusión del padre en éstas. A su vez, para garantizar a las mujeres igualdad y no discriminación en el trato</p>Marina del Rosario Barboza Hurtado
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2024-02-182024-02-18587287Una ancha avenida de regresividad de derechos
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<p>Se realiza un análisis sinóptico de las principales disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nro. 70 de 2023 en materia de trabajo. La reforma involucra más de una decena de leyes y adopta una dirección regresiva respecto de derechos laborales reconocidos de larga data. Se llegó en forma inmediata la instancia judicial. Primero con las cautelares que suspendieron la vigencia de aquel DNU; luego con la declaración de su inconstitucionalidad parcial por el Juzgado Nacional del Trabajo de Feria (24-1-24) y, seis días después, la ineficacia constitucional del Título laboral completo por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Feria (CNATF) en autos “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Poder Ejecutivo Nacional”. Si bien existe un <em>quietus</em> jurídico, el gobierno apeló ante la Corte Suprema de Justicia de Argentina para que se resuelva en definitiva sobre su constitucionalidad.</p>César Arese
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2024-02-212024-02-21588899Salud y seguridad ocupacional: la mejor inversión de las empresas éticas
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<p>La Salud y Seguridad Ocupacional, es uno de los hitos fundamentados en el Derecho Laboral que se desarrolló en el Siglo XX, la cual busca preservar el bienestar, la salud y la seguridad de los colaboradores de las empresas; en el transcurso del tiempo algunos los han verificado con un gasto no como inversión a largo plazo, evitando ausencias, suspensiones parciales o totales de la relación laboral por parte de los trabajadores. Actualmente, este tema tomó relevancia durante y posteriormente a la “Pandemia del Siglo XXI” del Covid-19, con lo que comprobamos que ahora los siniestros pueden venir, empacados sin previo aviso en forma de virus a la puerta de nuestra empresa o negocio, sin avisar por lo que debemos estar prevenidos antes que la compañía vea comprometido el bienestar de sus colaboradores, su patrimonio y su reputación.</p>Ricardo Arriaga Mata Roberto García Lara
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2024-03-022024-03-0258100111